Entra en vigor acuerdo de movilización de ganado de alto registro entre México y Estados Unidos

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* Se establecen medidas que deben cumplir los poseedores de ganado con reconocimiento de hato libre certificado para no poner en riesgo a las regiones que por su estatus en tuberculosis bovina (TB), tienen acreditaciones internacionales para exportar becerros en pie.         

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural informó que entró en vigor el protocolo para la movilización de ganado de alto registro proveniente de hatos libres certificados (HLC) por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), firmado el 28 de julio por las autoridades sanitarias de México y Estados Unidos.

Indicó que el protocolo establece medidas que deben cumplir los poseedores de ganado con reconocimiento de hato libre certificado, con el fin de no poner en riesgo a las regiones que por su estatus en tuberculosis bovina (TB) tienen acreditaciones internacionales para exportar becerros en pie.

El Senasica llevó a cabo la negociación con el Servicio de Inspección de Sanidad Animal y Vegetal del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (APHIS-USDA), con la finalidad de que los productores de bovinos de registro puedan seguir abasteciendo de animales de calidad para pie de cría a los ganaderos del país y fortalecer así el mejoramiento genético de la ganadería nacional.

Medidas a atender

El protocolo aplica de manera inmediata a los hatos libres certificados que en este momento cumplen con los conceptos y requisitos ahí vertidos, lo que contribuirá a vigilar que las movilizaciones de ganado bovino se realicen conforme a los lineamientos acordados. Los hatos libres certificados deben ser probados solamente por médicos veterinarios oficiales (MVO) del Senasica, quienes también se encargarán de hacer las re-acreditaciones.

El ganado solo puede ser movilizado si proviene de un HLC hacia regiones con estatus de TB acreditado por APHIS, inclusive desde las entidades que recientemente perdieron su acreditación: Baja California, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Chiapas, Tabasco, Guerrero, Guanajuato, Jalisco y Zacatecas.

Para la movilización del ganado sexualmente intacto, que se traslada a regiones acreditadas, es necesario presentar una solicitud por escrito al Senasica, que incluya información detallada sobre el lote de ganado que se movilizará.

Además, debe contar con el registro electrónico de movilización (REEMO), para todos los animales que provengan de un HLC, y trasladar el ganado en camiones flejados. Todo el ganado debe ser negativo a la prueba de TB, aplicada en los 60 días previos al traslado y todos los animales deben portar el arete del Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado.

El personal técnico del Senasica de la región receptora debe verificar que se han cumplido todos los requisitos y que el número de arete de los animales recibidos provenientes de los HLC esté bloqueado en el sistema REEMO, para evitar su exportación a Estados Unidos.

Deben, asimismo, integrar y conservar un archivo por cada hato que recibe, con los registros de REEMO, el certificado oficial de HLC, evidencia de las pruebas de TB realizadas previa y posteriormente a la movilización del ganado.

Los archivos deberán estar a disposición del APHIS cuando los solicite, con el fin de verificar que se cumplen los requisitos establecidos y de esta manera proteger las acreditaciones de las entidades exportadoras.

 

Referencia: www.gob.mx/agricultura