La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural informó que a partir del 1 de agosto iniciará la temporada de captura de las especies pulpo rojo (Octopus maya) y pulpo patón (Octopus vulgaris) en las aguas de jurisdicción federal del Golfo de México y mar Caribe.
La pesca de pulpo en esta región ocupa el primer lugar nacional tanto en volumen como en valor. Por valor de producción, la captura de este molusco es una de las más importantes en el sector pesquero del país, y tiene gran demanda en los mercados nacional e internacional, con exportaciones a Estados Unidos, Italia y España. En el año 2019 la producción de peso vivo en el Golfo de México y mar Caribe ascendió a 35 mil 385.34 toneladas y generó ganancias por mil 538.21 millones de pesos. En el Pacífico se capturaron dos mil 447.93 toneladas de peso vivo, lo que representó ganancias por 173.97 millones de pesos.?
La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) destacó que para la pesca de pulpo cuentan con permiso de captura 397 embarcaciones mayores, entre los estados de Yucatán y Campeche. Además, existen mil 659 permisos para embarcaciones menores, los cuales amparan para la pesca a cuatro mil 982 pangas en los litorales de Campeche, Yucatán, Quintana Roo y Veracruz.
La temporada de veda para el pulpo rojo y patón en Golfo de México y el Caribe, región conocida como Zona I, está estipulada del 16 de diciembre al 31 de julio de cada año, con la finalidad de protegerlas en el periodo de reproducción biológica y el cuidado de crías. En el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, que es la Zona II, la veda del pulpo patón (Octopus vulgaris) aplicará del 1 al 30 de agosto; la misma fecha también regirá para el pulpo café (Octopus bimaculatus) en Bahía de Los Ángeles, Baja California.
De acuerdo con la publicación del Diario Oficial de la Federación, con fecha del 16 de marzo de 1994, se autoriza la pesca de este molusco a partir de las 00:00 horas en litorales de los estados de Campeche, Yucatán y Quintana Roo. Estudios efectuados por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) precisan que la talla mínima permitida para la extracción es de 110 milímetros de longitud de manto (cabeza), para ambos sexos y especies.
Fuente: http://www.gob.mx/agricultura